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miércoles, 8 de julio de 2020

A PROPÓSITO DE LA INMUNIDAD PARLAMENTARIA

Política: ¿Quién es quién en el nuevo Congreso peruano? | NOTICIAS ...

La Inmunidad Parlamentaria es una de las “prerrogativas parlamentarias” que se reconocen a los congresistas en el ejercicio de sus funciones. Es decir, son beneficios que se les brinda para asegurar la independencia del Congreso con respecto a otros poderes públicos, además de proteger a los congresistas de acusaciones penales y detenciones sin fundamento motivados por persecución política, para obstaculizar el ejercicio de sus funciones.

Del mismo modo, es importante precisar que se trata de una prerrogativa que constituye una excepción al principio de igualdad ante la ley y se fundamenta en la necesidad de garantizar el funcionamiento del Congreso, así como la actuación de sus miembros con plena libertad e independencia.

Asimismo, corresponde señalar que todas las Constituciones del Perú han regulado la Inmunidad Parlamentaria[1]. En la normativa peruana vigente, dicha prerrogativa está regulada por el artículo 93 de la Constitución, que a la letra dice:

       Artículo 93.- Inmunidad Parlamentaria
     Los congresistas representan a la Nación. No están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación.

     No son responsables ante autoridad ni órgano jurisdiccional alguno por las opiniones y votos que emiten en el ejercicio de sus funciones.

    No pueden ser procesados ni presos sin previa autorización del Congreso o de la Comisión Permanente, desde que son elegidos hasta un mes después de haber cesado en sus funciones, excepto por delito flagrante, caso por el cual son puestos a disposición del Congreso o de la Comisión Permanente dentro de las veinticuatro horas, a fin que se autorice o no la privación de la libertad y el enjuiciamiento[2].

El Reglamento del Congreso de la República en su artículo 16 agrega que la Inmunidad Parlamentaria no protege a los congresistas contra las acciones de naturaleza diferente a la penal que se ejercen en su contra, ni respecto de los procesos penales iniciados con anterioridad a su elección, los que no se paralizan ni suspenden[3].

En el Perú, como en otros países, la Inmunidad Parlamentaria ha sido objeto de críticas, no tanto por sus fundamentos sino por su uso, ya que todo indica que esta prerrogativa viene siendo usada para que los Congresistas se protejan entre sí (“Otorongo, no come otorongo”).

En un artículo de OJO PUBLICO se tiene que de 1995 al 21/mayo/2019 (fecha de publicación del artículo) se han producido 88 pedidos de levantamiento de inmunidad contra congresistas, y que de ese grupo solo han sido admitidos 11, lo que constituye en términos exactos el 12.5% de los casos[4].

Uno de los últimos casos más recordados sobre levantamiento de la Inmunidad Parlamentaria fue la realizada al ex congresista de Alianza por el Progreso, Edwin Donayre Gotzch, quien fue sentenciado a cinco años y seis meses de prisión efectiva por el robo de combustible en una dependencia militar[5].

Y ustedes que opinan sobre la Inmunidad Parlamentaria, déjennos sus comentarios.





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